Corte Constitucional Sentencia C-258 de 2013 sobre la inexequibilidad del régimen especial de Congresistas, Magistrados y otros Altos funcionarios. Carrusel Pensiones

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Sobre la inexequibilidad del régimen especial de PENSIONES de Congresistas, Magistrados y Altos funcionarios Estatales

La Sala Plena en la Sentencia C-258 de 2013, con ponencia del Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, encontró que el artículo 17 de la Ley 4 de 1992, en su sentido natural y en concordancia con su configuración viviente, resulta contrario al ordenamiento constitucional por cuanto (i) desconoce el derecho a la igualdad, en armonía con los principios constitucionales de universalidad, solidaridad y eficiencia que rigen un sistema pensional equitativo, (ii) genera una desproporción manifiesta entre algunas pensiones reconocidas al amparo del artículo 17 de la Ley 4 de 1992 cuando, además, (iii) existe falta absoluta de correspondencia entre el valor de la pensión y las cotizaciones, lo cual conduce a que dicha desproporción excesiva sea (iv)financiada con recursos públicos mediante un subsidio muy elevado. Esto es, además, (v) incompatible con el principio de Estado Social de Derecho, puesto que si bien los subsidios en regímenes especiales no son per se contrarios a dicho principio fundamental, sí lo son los subsidios carentes de relación con el nivel de ingresos y la dedicación al servicio público del beneficiario del elevado subsidio. En este orden de ideas, como efecto inmediato de la sentencia, a partir del 1 de julio de 2013 ninguna mesada pensional, con cargo a recursos de naturaleza pública, podrá superar el tope de los 25 salarios mínimos.
Ver sentencia C-258/13
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Date: 2013/6/17
Subject: ORDEN DEL DIA: << 17, 18 y 19 de junio de 2013 >>


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